LTPA - Indicadores (relación)
Sare sozialetan parteka
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
Información institucional y organizativa. (Art.10)
a) Las funciones que desarrollan
b) La normativa que les sea de aplicación y, en particular, los estatutos y normas de organización y funcionamiento de los entes instrumentales
c) Su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a las personas responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional y la identificación de las personas responsables de las unidades administrativas
d) Sede física, horarios de atención al público, teléfono y dirección de correo electrónico
e) Delegaciones de competencias vigentes
f) Relación de órganos colegiados adscritos y normas por las que se rigen.
g) Las relaciones de puestos de trabajo, catálogos de puestos o documento equivalente referidos a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales
h) Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos
i) Acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes (cumple con la Ley 5/2010 - l))
j) La oferta pública de empleo u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
k) Los procesos de selección del personal.
l) La identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de personas que gozan de dispensa total de asistencia al trabajo.
m) Las agendas institucionales de los gobiernos.
Las entidades locales de Andalucía publicarán, además, la información cuya publicidad viene establecida en la Ley 5/2010, de 11 de junio, así como las actas de las sesiones plenarias.
Ley 5/2010 - a) Ordenación territorial, ordenación y disciplina urbanísticas, y proyectos para su ejecución. .
Ley 5/2010 - b) Planificación, programación y gestión de viviendas
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Abastecimiento de agua y tratamiento de aguas residuales, -- Alumbrado Público, Pavimentación].
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Transporte Público de Viajeros, Parques, Jardines, Recogida y tratamiento de residuos].
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Cementerio, Exclusión Social]
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Biblioteca Pública]
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Instalaciones Deportivas]
Ley 5/2010 - c) Ordenación y prestación de servicios básicos. [Prevención y Extinción de Incendios]
Ley 5/2010 - d) Prestación de servicios sociales comunitarios y de otros servicios locales de interés general
Ley 5/2010 - e) Organización municipal complementaria
Ley 5/2010 - f) Seguridad en lugares públicos
Ley 5/2010 - g) Defensa de las personas consumidoras y usuarias
Ley 5/2010 - h) Salud pública
Ley 5/2010 - i) Patrimonio de las entidades locales, incluyendo las que afecten a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.
Ley 5/2010 - n) Medio Ambiente, cuando afecten a los derechos reconocidos por la normativa reguladora del acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente
Información sobre altos cargos y personas que ejerzan la máxima responsabilidad de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley. (Art. 11)
a) La identificación de los altos cargos incluidos en el ámbito de aplicación de la normativa sobre incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía
b) Las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos y por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad en las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de esta ley
c) Las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del cese en el cargo
e) Las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes locales.
Información sobre planificación y evaluación. (Art. 12)
2.- los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución.
Información de relevancia jurídica (Art.13)
a) Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos, en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos.
c) En el ámbito de las entidades locales, una vez efectuada la aprobación inicial de la ordenanza o reglamento local por el Pleno de la Corporación, deberá publicarse el texto de la versión inicial, sin perjuicio de otras exigencias que pudieran establecerse por las entidades locales en ejercicio de su autonomía.
d) Las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos con ocasión de la publicidad de los mismos.
e) Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.
f) Relación actualizada de las normas que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación.
Información sobre procedimientos, cartas de servicio y participación ciudadana. (Art.14)
a) El catálogo actualizado de los procedimientos administrativos de su competencia, con indicación de su objeto, trámites y plazos, así como en su caso los formularios que tengan asociados. Se indicará específicamente aquellos procedimientos que admitan, total o parcialmente, tramitación electrónica.
c) Una relación de los procedimientos en los que sea posible la participación de la ciudadanía mientras se encuentren en trámite.
Información sobre contratos, convenios y subvenciones. (Art.15)
a) Todos los contratos. (cumple con la Ley 5/2010 - m))
b) La relación de los convenios suscritos (y encomiendas).
c) Las subvenciones y ayudas públicas concedidas.
Información económica, financiera y presupuestaria (Art.16)
a) Los presupuestos. (cumple con la Ley 5/2010 - j) y k) )
b) Las cuentas anuales.
e) El gasto público realizado en campañas de publicidad institucional.
d) La Deuda Pública de la Administración.
Publicidad de los plenos de las entidades locales (Art.21)
Difusión de las sesiones plenarias a través de Internet.
Transparencia del funcionamiento de los gobiernos (Art.22)
Harán públicos con carácter previo a la celebración de sus reuniones el orden del día previsto y, una vez celebradas, los acuerdos que se hayan aprobado, así como la información contenida en el expediente que se haya sometido a su consideración, en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Transparencia en los procedimientos negociados sin publicidad. (Disposición adicional séptima.)
Las personas y entidades incluidas en el artículo 3 de esta ley deberán publicar en su perfil del contratante, simultáneamente al envío de las solicitudes de ofertas, un anuncio, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores. Las ofertas que presenten los licitadores que no hayan sido invitados no podrán rechazarse exclusivamente por dicha circunstancia.
Ampliación de las obligaciones de publicidad activa. Se publicará las informaciones que se soliciten con mayor frecuencia (punto "derecho de acceso a la información al ciudadano" (Art. 17)
Ampliación de las obligaciones de publicidad activa. Se publicará las informaciones que se soliciten con mayor frecuencia (punto "derecho de acceso a la información al ciudadano" (Art. 17)